Los cambios que habrá para quienes tienen la green card por matrimonio
A través de su sitio web oficial, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) informó sobre un cambio para quienes obtuvieron la green card por matrimonio y se encuentran en estado condicional. Recientemente, se produjo una modificación en los requisitos para cambiar la base de una presentación de ajuste de estatus en ciertas circunstancias extraordinarias. Además, se aclaró una buena noticia con respecto al vencimiento de la residencia en estas condiciones.
Una de las maneras de obtener la residencia permanente y vivir en Estados Unidos es mediante el matrimonio. En una primera instancia, quienes se hayan casado recientemente y reciban la documentación por esta vía, tendrán una green card condicional. Concretamente, esto ocurre cuando el matrimonio comenzó menos de dos años antes de la otorgación del documento.
En la mayoría de los casos, el solicitante deberá presentar el Formulario I-751, petición para cancelar las condiciones en la residencia en los noventa días previos a cumplir dos años con la residencia permanente. Sin embargo, en caso de que se venza el plazo, existe otro recurso para presentar.
Uscis anunció cambios en la residencia permanente basada en matrimonio
Más allá del proceso de ajuste normal, en casos extraordinarios de «agresión o crueldad extrema», según consta en el sitio web oficial de Uscis, se puede realizar una presentación especial para que el o la solicitante obtenga la green card permanente y pueda salir de esa relación abusiva. En la comunicación difundida, el ente aclara que modificó algunos requisitos de este proceso, los cuales pueden ser consultados en el manual de políticas para casos de residencia permanente condicional basada en la familia.

Los residentes que tengan una green card condicional pueden solicitar el ajuste de estatus
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Por su parte, Uscis también menciona que en caso de no presentar a tiempo el Formulario I-751, el solicitante igualmente puede ser elegible para ajustar su estatus. Concretamente, allí la mejor opción sería asesorarse para presentar el Formulario I-485, solicitud de registro de residencia permanente o ajuste de estatus.